Pago del Boleto de ornato en línea 2025
Written by rasco on January 9, 2025
Pago del Boleto de ornato en línea 2025
Si necesitas solicitar tu billete ornamental En los próximos días aquí les compartimos las páginas de algunos municipios donde podrán pagar en línea e interpretar el juicio más ligero y posible. ¡Baterías entonces!
¿Dónde solicitar la solicitud de diseño de interiores?
Él suscripción de diseño de interiores Es necesario comportarse todos los años durante el mes de enero y febrero, según lo ubicado en el Decreto 121-96, Ley de Arbitraje de Adornos Municipales. Desde hace algunos años, el alternativa de suscripción en suscripción interpretar la sentencia lo mejor posible. Estos son algunos de los municipios que ofrecen beneficios destacados:
- Municipio de Guatemala: Cita el Sitio web de MuniGuate y conoce la alternativa “Boleta Decorada” y Abono en Formación. Para operar la suscripción es necesario realizar un cálculo.
- Concejo de Viejo (antiguo) Guatemala: Introduzca el portal del municipio y seleccione “Boleta Decorada”. Para interpretar la afirmación no es inevitable realizar un cálculo.
- Municipio de Santa Catarina Pinula: en ello sitio web del municipio Conoce la opción “Pagos en Capacitación” y crea tu cálculo para comportar la suscripción.
- Municipio de Mixco: La suscripción también se puede utilizar en el Sitio web del municipio de Mixcopara ello es necesario realizar un cálculo.
- Anuncio del Municipio de Boletos: En la página de entronización del sitio web del municipio Encontrarás la alternativa para solicitarlo.
- Municipio de Fraijanes: en ello pagina web de este municipio También puedes pagar la suscripción y no es necesario hacer ningún cálculo, busca la opción en la pestaña “Consultas y Pagos”.

Otra opción para gestionar la suscripción.
Si tu municipio no ofrece la alternativa de suscripción por abono, puedes acudir a sus oficinas para realizar el abono. También te recomendamos consultar las redes sociales o página web oficial de tu municipio para conocer otros lugares autorizados donde podrás adquirirlo.
¿Cuánto debo agregar?
En el artículo 9 de la Ley se indica el monto que deben pagar los guatemaltecos con su riqueza mensual:
- Por riqueza de Q 300.01 a Q 500.00 se debía apoquinar Q 4.00
- Por riqueza de Q 500.01 a Q 1,000.00 se debía un depósito de Q 10.00
- Por riqueza de Q 1,000.01 a Q 3,000.00 se debía un depósito de Q 15.00
- Por riqueza de…
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