Mo Katir recurre al TAS su sanción de cuatro años por dopaje
Written by rasco on May 21, 2025
Mo Katir recurre al TAS su sanción de cuatro años por dopaje
La Área de Honra del Gimnasia (AIU) confirmó saliente miércoles que el concha Mohamed Katir ha recurrido al Comisión de Fallo Musculoso (TAS) la paquete que le impuso el año perturbado por saltarse tres controles antidopaje y que se amplió a cuatro primaveras.
La AIU señaló que ha remitido a su vez un cruz de cruz frente a la exigencia del acróbata y que ambas peticiones están pendientes del Comisión de Fallo Musculoso (TAS).
Katir, subcampeón del universo de 5.000 metros, fue suspendido en febrero de 2024 por un estación de dos primaveras, hasta el 6 de febrero de 2026, por la AIU por “una infracción derivada de tres fallos de localización en los últimos doce meses”.
Estos fallos se refieren a tres ocasiones en las que Katir no pudo ser localizado para adaptar a un gimnasia antidopaje y que el acróbata los atribuyó a errores al brindar los datos para su sitio en la alza creada al envergadura, ADAMS.
Luego, en diciembre del año perturbado, la AIU amplió otros dos primaveras el sacrificio al acróbata, hasta el 6 de febrero de 2028, por truco de pruebas, fallo prevista en el gacetilla 2.5 de su código antidopaje, denominada “tampering”.
Conocida la crecimiento de la paquete, Katir aseguró que la obra por la que se pretende castigarle habría tenido aldea el 28 de febrero de 2023, coincidiendo con el primer yerro de sitio.
“Como ya reconocí, modifiqué la fecha de un viaje de avión a Lisboa en la reserva y el billete, dado que había informado a AIU que había viajado a dicha ciudad en determinado día, cuando, en realidad, lo había hecho dos días antes”, expuso en su delegación entonces el acróbata de Bestia.
En el mismo recordó que asumió que “el 28 de febrero de 2023 se produjo un primer fallo de localización por no estar correctamente actualizados los datos de paradero en ADAMS“.
“Sin embargo, considero que la desafortunada alteración de la fecha de viaje en la reserva y el billete de avión no tuvo -ni pudo haber tenido – consecuencia alguna en el procedimiento antidopaje. Esto se debe a que, a mi juicio, el fallo de localización ya estaba plenamente establecido con anterioridad y de forma independiente a dicha alteración, por lo que no puede considerarse la existencia de una infracción de “tampering””, subraya.
Katir insistió en que la variación de la época en…
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