El Tribunal Supremo no escuchará la impugnación de las multas por COVID-19 de los quebequenses
Written by rasco on September 26, 2024
Las personas que recibieron multas por violar las medidas sanitarias impuestas por el gobierno de François Legault durante la pandemia de COVID-19 no recibirán reembolso.
Las cinco personas que intentaban obtener tal decisión pusieron fin a su procedimiento judicial ante el Tribunal Supremo el jueves, que se negó a escuchar su solicitud de apelar la decisión unánime adoptada por tres jueces del Tribunal de Apelación de Quebec el 24 de enero.
Como es costumbre, el máximo tribunal del país no da motivos cuando rechaza una apelación, y este rechazo simplemente avala la decisión que los recurrentes buscaban revocar.
Fracaso en cada etapa
De hecho, las cinco personas, Lily Monier, Stéphane Blais, Richard Girgis, Denis Larrivée y Sonia Grewal, habían fracasado en cada fase de su procedimiento judicial.
Para obtener la anulación y el reembolso de las multas relacionadas con las declaraciones de delito, los solicitantes alegaron que “el COVID-19 no representa una amenaza grave para la salud de la población de Quebec, ya sea real o inminente, y que existe y hubo “Por lo tanto, no hay motivo válido para que el estado de emergencia sanitaria… se haya mantenido en Quebec en relación con el COVID-19 hasta el 1 de junio de 2022”.
Fueron más allá y afirmaron que el estado de emergencia sanitaria sólo había sido declarado “por razones políticas y oportunistas”.
¿Medidas inconstitucionales?
Con base en esta aseveración, argumentaron que los toques de queda, las prohibiciones de reuniones o encuentros domiciliarios, la suspensión de actividades deportivas, educativas y culturales y el cierre de establecimientos relacionados con estas actividades, la imposición del pasaporte sanitario y el uso de mascarillas representaron todas violaciones de sus derechos y, por lo tanto, eran inconstitucionales.
Sin embargo, el juez del Tribunal Superior Michel Pinsonnault dictaminó en junio de 2023 que “el levantamiento del estado de emergencia sanitaria hizo inútiles la Revisión Judicial y las Conclusiones que buscaban hacer cumplir el artículo 119 de la Ley de Salud Pública, los decretos y órdenes ministeriales y la declaradas nulas e ineficaces las medidas sanitarias allí decretadas”.
“En caso de que la presente disputa se vuelva discutible, el Tribunal no está obligado a pronunciarse sobre el fondo de estas cuestiones”, dictaminó el magistrado.
Sin embargo, el juez subrayó que, “según el Instituto Nacional de Salud Pública: durante los primeros meses de la pandemia, el virus SARS-CoV-2 infectó a más de 50.000 quebequenses, requiriendo el ingreso de más de 6.000 de ellos en hospital y provocando la muerte de más de 5.000 personas”.
Solicitud imprudente y abusiva
En cuanto a la voluntad de obtener la devolución de las multas, ello puso de relieve, según el juez Pinsonnault, “el carácter temerario, incluso abusivo, del recurso de los demandantes que pretenden claramente, mediante sentencia favorable dictada en el presente procedimiento , para revocar o invalidar un número sin duda significativo de sentencias ya dictadas en el contexto de la pandemia desde marzo de 2020”.
En apelación, los jueces Martin Vauclair, Benoît Moore y Éric Hardy reconocieron que “el efecto de la sentencia recurrida es poner fin al litigio y privar a los demandantes de una respuesta sustancial a su pregunta”. Sin embargo, el tribunal reafirmó que el carácter teórico del caso “no puede ponerse en duda. Los solicitantes solicitan que se declaren nulos o inoperantes los decretos u órdenes ministeriales que ya no son aplicables”.
Los tres jueces señalaron que incluso si los solicitantes hubieran sufrido diversos inconvenientes relacionados con las medidas sanitarias, “para todos estos casos… el recurso de revisión judicial tal como interpuesto no tiene relevancia ni utilidad ya que estos posibles recursos deben ser objeto de acciones separadas. ” En otras palabras, si los demandantes creían que habían sufrido un daño, les correspondía hacer sus declaraciones individualmente.
Coincidieron en la cuestión del reembolso de todas las multas resultantes de las infracciones. El tribunal de apelación invitó así a cada infractor a exponer sus argumentos: “incluso suponiendo que tal recurso sea legalmente posible, sobre el cual el Tribunal no se pronuncia, es impracticable y los litigantes involucrados siempre pueden, ante el foro correcto, invocar una violación a sus derechos en el marco de su proceso”.
Descarga nuestra APP BEONERADIO
Google Play | Apple Store
www.be1radio.com
Instagram: @be1radio