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Algunos trabajadores extranjeros temporales pueden conseguir un trabajo en Canadá sin una LMIA gracias a estos acuerdos internacionales

Written by on August 6, 2024

Los permisos de trabajo otorgados a extranjeros en Canadá se pueden dividir en dos categorías: los que requieren una Evaluación de Impacto en el Mercado Laboral (LMIA) y los que no.

Una LMIA es un documento que algunos empleadores canadienses deben obtener de Empleo y Desarrollo Social de Canadá (ESDC) antes de contratar a un trabajador extranjero temporal (TFW). Este documento demuestra que la contratación de un TFW sólo tendrá un impacto positivo o neutral (es decir, no negativo) en el mercado laboral canadiense.

Dependiendo principalmente de los puestos que necesitan cubrir, los numerosos acuerdos y acuerdos internacionales de Canadá permiten a algunos empleadores contratar sin una LMIA para TFW de ciertos países.

Ocupación: Comerciantes

Los empleadores canadienses que contratan a ciudadanos extranjeros que trabajan como comerciantes pueden hacerlo sin una LMIA si el TFW es de cualquiera de los siguientes seis países:

Esto es posible gracias a varios acuerdos internacionales que Canadá tiene con los países mencionados anteriormente, como el Acuerdo Canadá-Estados Unidos-México (CUSMA).

CUSMA, como reemplazo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), permite a los ciudadanos estadounidenses trabajar en Canadá sin tener que obtener una Visa de Residente Temporal (TRV). Mientras tanto, debido a cambios legislativos recientes, los ciudadanos mexicanos que deseen trabajar en Canadá también deben obtener un TRV, a menos que cumplan con los tres criterios a continuación, como lo describe Inmigración, Refugiados y Ciudadanía de Canadá (IRCC).

Para ingresar a Canadá sin una TRV, los nacionales mexicanos deben:

  • Ingresar a Canadá por vía aérea o volar a Canadá para transitar hacia otro destino;
  • Venir a Canadá para una visita de corta duración (normalmente para estancias de hasta seis meses de duración); y
  • Haber previamente:
    • Ha tenido una visa de visitante, trabajo o estudiante canadiense en los últimos 10 años, o
    • Tenía una visa de no inmigrante válida de los Estados Unidos al momento de su solicitud y viaje.

¿Quién califica como comerciante?

Generalmente, todos los países anteriores siguen definiciones similares a las de CUSMA con respecto a cómo definen a alguien que trabaja como comerciante. Generalmente, un comerciante es alguien que tiene la intención (y es capaz) de “participar en un comercio sustancial de bienes o servicios entre Canadá y su país de ciudadanía”.

Ocupación: Inversores

Si el TFW es un inversionista de cualquiera de estos nueve países/regiones, los empleadores canadienses pueden contratarlo sin una LMIA:

Nota: Los seis países actualmente involucrados en el CPTPP son Canadá, Australia, Japón, México, Nueva Zelanda y Singapur.

¿Quién califica como inversionista?

La definición general de inversionista es compartida (en línea con CUSMA) entre la mayoría de los países que tienen un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Canadá. En consecuencia, un inversionista generalmente se define como alguien que puede “demostrar que [they have substantially invested] en un… negocio canadiense y que [they are coming to] Canadá desarrollará y dirigirá [this] negocio.”

Ocupación: Profesionales

Un empleador canadiense puede contratar TFW de cualquiera de los siguientes países sin una LMIA si califican como profesionales:

Nota: Haga clic aquí para obtener más información sobre el GATS.

¿Qué es un “profesional”?

Cada uno de los TLC de Canadá define a un “profesional” de manera diferente.

Según CUSMA, un profesional es alguien que tiene “un empleo preestablecido en Canadá o un contrato de servicios con una empresa canadiense” para realizar un trabajo “en una ocupación que corresponde a sus calificaciones profesionales y con una de las profesiones elegibles de CUSMA”.

Transferencias dentro de la empresa

Las transferencias dentro de la empresa (TIC) son empleados de empresas extranjeras que están siendo transferidos para trabajar temporalmente en Canadá para una sucursal, subsidiaria o afiliada de su empleador.

Aunque los permisos de trabajo en TIC están abiertos a todos los países, ciertos TLC contienen disposiciones sobre TIC específicas de cada país:

  • Ejecutivos o Altos Directivos: Reino Unido, Países miembros del CPTPP, Países miembros del CETA, Perú, Corea del Sur, Chile, Colombia, Estados Unidos, México
  • Conocimiento especializado: Reino Unido, Países miembros del CPTPP, Países miembros del CETA, Perú, Corea del Sur, Chile, Colombia, Estados Unidos, México
  • Aprendices de gestión: Reino Unido, Países Miembros del CPTPP, Perú, Corea del Sur, Colombia
  • Estudiantes graduados: Países miembros del CETA

Otros ciudadanos extranjeros elegibles para trabajar en Canadá sin una LMIA

Hay otras situaciones en las que los acuerdos internacionales permiten a los empleadores canadienses contratar a ciertos ciudadanos extranjeros de países específicos sin una LMIA.

Por ocupación: Situaciones laborales singulares

  • Personal de línea aérea (operativo, técnico y de tierra)
  • Personal del gobierno de los Estados Unidos

Por ocupación: Técnicos

  • Colombia
  • Panamá
  • Perú
  • Países miembros del CPTPP

Por estado civil: cónyuges

  • Colombia
  • Corea del Sur
  • Países miembros del CPTPP
  • Unión Europea (CETA) – Cónyuges de las TIC
  • Reino Unido – Cónyuges de las TIC

Por país/acuerdo: Otro

Corea del Sur

  • Proveedores de servicios por contrato o profesionales independientes.

Unión Europea: CETA

  • Proveedores de servicios contractuales
  • Tecnólogos en ingeniería y tecnólogos científicos
  • Profesionales independientes

Reino Unido

  • Profesionales independientes
  • Proveedores de servicios contractuales
  • Tecnólogos en ingeniería y tecnólogos científicos


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